La educación es inmaterial, es decir, un servicio. No es ciertamente un bien de consumo, como ha dicho alguien, pues no se agota en su primer uso; ni siquiera es un bien de consumo durable, de los que se agotan sólo después de varios o muchos usos. En realidad, es un bien de capital, pues sirve para producir otros bienes. El típico ejemplo de que es preferible, en lugar de darle un pescado a un hombre pobre, enseñarle a pescar, prueba que la educación es un bien de capital: habilita a las personas para producir otros bienes. O a producir el mismo bien, en el caso de quienes enseñan pedagogía, es decir, enseñan a educar.
Y en la práctica lo más frecuente es que la educación sea un bien privado, pues quien ofrece educar por lo común limita la matrícula, lo que es característico de la rivalidad en el goce del bien; y cobra por el servicio que ofrece, es decir, excluye a quienes no paguen. Y, de hecho, la mayoría de la población prefiere pagar por lo mismo que el Estado ofrece dar gratuitamente. Por algo será.
El ejemplo más típico de un bien publico puro es un faro, de cuya luz puede aprovecharse un número indeterminado de personas, sin que deban rivalizar entre sí para aprovecharlo, y sin que su dueño tenga la posibilidad de excluir a nadie de utilizarlo. Es decir, resulta imposible cobrar por ello. Por eso los particulares no construyen faros y debe hacerlo el Estado.
1) La educación no es un derecho, sino que un bien de capital en la sociedad. No hay nada en la educación que no se deba pagar por lo que la educación, sin duda, que es un bien económico.
2) Si la educación es un "derecho", por qué no planteamos que la alimentación es un derecho al igual como las vacaciones, la luz, el agua, etc
3) La educación no es un derecho, pero hay razones utilitarias o pragmáticas para entregarla, deben proveerla sólo privados.