TERRO JUDICIAL..........LOS BATASUNOS NO HAN CONSEGUIDO SER

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TERRO JUDICIAL..........LOS BATASUNOS NO HAN CONSEGUIDO SER

Notapor juanjoTS » 25 Mar 2011, 00:30

Apesar de las contundentes declaraciones de la policia, apesar de todas las pruebas y de saber cierto que sortu es batasuna, 7 politizados y peligrosos jueces han votado a favor de la legalizacion de los terroristas........ojito al dato.


Siete de los 16 magistrados de la Sala del 61 no ven probada la vinculación del partido abertzale a ETA

Determinar qué es lo que exige la Ley de Partidos a las formaciones políticas y si los datos aportados por Sortu son suficientes para acreditar su desvinculación con ETA son los aspectos que centraron el miércoles el debate vivido en la Sala del 61 del Tribunal Supremo. La decisión de negar la inscripción en el Registro de Partidos de Sortu salió adelante sólo con el apoyo de nueve de los 16 magistrados que componen la Sala Especial, una división nunca vivida en el seno dela institución.

Los otros siete entendían que los estatutos presentados por la última formación con la que la izquierda abertzale pretendía concurrir a las próximas elecciones del 22 de mayo son "impecables", es decir, se ajustaban a lo estipulado por la Ley de Partidos, por lo que no procedía negar la inscripción en el Registro del Ministerio del Interior.

Los presidentes de tres Salas del tribunal están entre los discrepantes
Fuentes jurídicas señalaron que entre los magistrados que discreparon de la posición mayoritaria figuran los presidente de tres de las cinco Salas del Alto Tribunal. En concreto, se trata de Juan Antonio Xiol (Civil), Gonzalo Moliner (Social) y José María Sieira (Contencioso). Todos ellos considerados de sensibilidad progresista.

Los otros cuatro magistrados que han votado en contra de ilegalizar a Sortu son, según las fuentes consultadas, José Luis Calvo Cabello, Rafael Gimeno-Bayón, Manuel Ramón Alarcón y Alberto Jorge Barreiro. Los tres primeros anunciaron la presentación de votos particulares. El resto no lo ha hecho, al entender que por lealtad institucional no debían dejar constancia por este medio de las diferencias de criterio existentes en el tribunal, pero podrían acabar adhiriéndose a alguno de los anunciados.

Nueva composición
Siete magistrados ven
En cualquier caso, salvo Calvo Cabello, que pertenece a la Sala Especial como magistrado más antiguo de la Sala de lo Militar, los otros tres son los jueces más modernos de las Salas Segunda (Alberto Jorge), Primera (Rafael Gimeno-Bayón) y Cuarta (Manuel Ramón Alarcón).

El de Sortu era el primer incidente de ejecución de sentencia que se les planteaba. La vez anterior que el Alto Tribunal se pronunció sobre una candidatura fue en mayo de 2009, el mismo mes en que se incorporó el magistrado Jorge a la Sala de lo Penal.

Se trataba de la lista presentada para las elecciones europeas por Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos, que fue anulada por el Tribunal Supremo, aunque cinco magistrados de la Sala Especial votaron en contra de la decisión, que luego fue revocada por el Tribunal Constitucional.

Hubo jueces que plantearon, sin éxito, hacer pública la votación
En esa ocasión ningún voto particular dejó constancia de la discrepancia. El miércoles hubo magistrados que propusieron informar incluso del resultado de la votación. La mayoría lo rechazó al entender que vulneraría el artículo 233 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que declara expresamente que "las deliberaciones de los tribunales son secretas" y añade que "también lo será el resultado de las votaciones, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la publicación de los votos particulares".

Por eso sólo se informó de que el auto redactado por el ponente, el magistrado Carlos Lesmes, estará acompañado de tres votos particulares. Estas resoluciones que firman los magistrados que se quedan en minoría necesitan para ser redactadas conocer en su integridad la resolución que rebaten, por lo que la decisión del Alto Tribunal no se conocerá en su integridad hasta al menos el martes de la próxima semana.

El amparo
Para recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, la representación legal de Sortu dispone de 30 días desde que se le notifique la resolución del Supremo. El Alto Tribunal no tendrá plazo para resolver, al tratarse de un recurso de amparo ordinario (no electoral), pero debería hacerlo antes del 18 de abrilúltimo día con el que cuentan los partidos para presentar las candidaturas, para no perjudicar a la formación cuestionada.

Ayer, el presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, aseguró que no podía anticipar "el tratamiento" que se daría al recurso, porque todavía se ignora si se va a presentar, lo que le imposibilita para hacerun cálculo.

Y en cuanto a la división vivida en el tribunal del que también fue presidente, el Tribunal Supremo, Sala afirmó: "El funcionamiento de los tribunales es el correcto siempre. No hay ninguna cosa nueva".

Pero nunca hasta ahora se había visto una votación tan igualada en la Sala encargada de aplicar la Ley de Partidos desde que esta entró en vigor en 2002.



http://www.publico.es/espana/367954/sortu-genera-en-el-supremo-una-de-las-mayores-divisiones-en-su-historia
1891 "L´Avenç" del 31 de Marzo de 1891 Pompeu Fabra i Poch, Jaume Massó i Torrents, Joaquim Casas i Carbó dicen que una misma ortografía para el catalán, el valenciano y el mallorquín es "impossible perquè és contra natura ".
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Re: TERRO JUDICIAL..........LOS BATASUNOS NO HAN CONSEGUIDO

Notapor juanjoTS » 25 Mar 2011, 00:32

LIBERTAD DIGITAL
La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha acordado prohibir la inscripción como partido político de Sortu, la nueva formación de Batasuna, han informado a Efe fuentes del Alto Tribunal.

La decisión no ha sido unánime. Así, el auto en el que la sala motivará la prohibición de la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior contará con tres votos particulares. En los casos de AuB, Herritarren Zerrenda, Aukera Guztiak, ANV, ASB, EHAK-PCTV, Abertzale Sozialistak, Askatasuna y D3M, las decisiones sí fueron unánimes.

Fuentes del Supremo indican que la mayoría de los magistrados sala han considerado que el rechazo de la violencia que figura en los estatutos presentados por Sortu es insuficiente para permitir su inscripción como partido. Habrían hecho suyos los argumentos de las demandas presentadas, que veían al partido como una continuación de Batasuna.

Debido a que Sortu aún no ha desarrollado su actividad política, ya que no se encuentra inscrito en el Registro de Partidos del Ministerio del Interior no puede ilegalizarse como tal. Pero sí que se podía evitar su inscripción demostrando que sus estatutos y sus promotores violan la sentencia de marzo de 2003 del Tribunal Supremo donde se ilegalizó Batasuna. Es decir, demostrando que pretende cometer un fraude de ley, tal y como han denunciado en sendas demandas la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal.

En esta tarea se empleó este miércoles la Sala presidida por Carlos Dívar y formada por los presidentes de cada una de las cinco salas que integran el Alto Tribunal y los magistrados más antiguos y más modernos de cada jurisdicción.

Los sucesivos nombramientos en el Tribunal Supremo desde 2009 han motivado que la práctica totalidad de los magistrados más modernos sean nuevos. La composición de la actual Sala del 61 –16 togados- mantiene un equilibrio de fuerzas entre magistrados progresistas y conservadores.

Etiquetados en el ala más a la izquierda se encuentran los jueces Gonzalo Moliner, Rafael Gimeno Bayón, Alberto Jorge Barreiro, Manuel Ramón Alarcón, José Manuel Sieira, José Luis Calvo Cabello y Juan Antonio Xiol Ríos. Se consideran de corte conservador: Ángel Calderón, Carlos Lesmes y Ricardo Enríquez, Juan Saavedra, Jesús Corbal, Carlos Granados y Aurelio Desdentado.

Sin embargo, para un tercio de estos jueces anteriormente citados ésta es su primera deliberación sobre la ilegalidad de un partido político. Se temía que no hubiera acuerdo de todos los magistrados, como finalmente ha ocurrido.

Ahora, los batasunos podrán recurrir en amparo al Tribunal Constitucional. Para ello tendrá treinta días a partir de la notificación de la resolución, que tendrá lugar en los próximos días.


http://www.libertaddigital.com/nacional/la-sala-del-61-del-supremo-delibera-sobre-el-futuro-de-sortu-1276418067/
1891 "L´Avenç" del 31 de Marzo de 1891 Pompeu Fabra i Poch, Jaume Massó i Torrents, Joaquim Casas i Carbó dicen que una misma ortografía para el catalán, el valenciano y el mallorquín es "impossible perquè és contra natura ".
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