plafplaf escribió:Pikotasso escribió:plafplaf escribió:Madredelamorhermoso que polémica más tonta y cuánta hipocresía. El TC dijo inmediatamente que la militancia en un partido político no era incompatible con la pertenencia al tribunal, que incluso hay jurisprudencia.
Algunos son más que hipócritas. Un exjuez que fue juez, luego miembro de un gobierno y volvió a ser juez, se atreve a opinar sobre esta cuestión por encima de los miembros del TC. Y los foreros tirándose de los pelos por semejante tropelía como si no supieran que a los miembros del TC los elijen los propios partidos políticos y buscan a aquellos que, aunque no tengan carné, les van a ser más fieles y van a seguir con más lealtad sus consignas. El fallo y la politización está en la forma de elección, no en que un magistrado tenga carné de un partido.
La Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil no impide que los Magistrados de este Tribunal puedan pertenecer a partidos políticos -situación esta aún más vigorosa que la que se alega- y sólo les impide ocupar dentro de los partidos cargos de carácter directivo, pues una posible afinidad ideológica no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad para juzgar los asuntos que según su Ley Orgánica este Tribunal debe decidir. [/b]
http://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/ ... Show/12801
Pero nena, ¿es que no te das cuenta que son ellos mismos los que se autoconceden carta blanca? La forma de la elección de los miembros es ya en sí misma una aberración, eso está claro, pero la frase de que "El fallo y la politización está en la forma de elección, no en que un magistrado tenga carné de un partido" tampoco tiene desperdicio. Así que el hecho de que nada menos que el presidente del TC sea un hombre afiliado al PP (CONDICIÓN QUE OCULTÓ DELIBERADAMENTE EN EL MOMENTO DE SU NOMBRAMIENTO) para ti no significa una politización del tribunal... por esa regla de tres, podrían nombrar también a Aznar o a Gallardón para tal cargo, y según tú no habría politización alguna por ello; su independencia e imparcialidad estarían garantizadas, sobre todo cuando tuvieran que decidir sobre asuntos que afectaran a su partido, lo mismo que en el caso que nos ocupa, ¿verdad que sí? Interesante mentalidad, oiga.
Por otro lado, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en su apartado 6º, indica dentro de las incompatibilidades de sus magistrados “el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos (...) y toda clase de empleo al servicio de los mismos" Recalco el último párrafo: "Y TODA CLASE DE EMPLEO AL SERVICIO DE LOS MISMOS". Hace falta mucha imaginación o mucho sectarismo para dar por buena la militancia del presidente del TC en el PP. De hecho, las impugnaciones por anteriores sentencias a causa de esa militancia no se han hecho esperar y ya se van acumulando.
Que sí, nene, que todo lo que quieras pero que no hay incompatibilidad lo dice el mismo TC ahora y lo dijo en una sentencia cuyo párrafo de interés copié. Y donde hay patrón no manda marinero. Le podréis dar todas las vueltas que queráis pero la cosa está clara.
Si a los miembros del TC (excepto a dos) los presentan los partidos políticos y los eligen estos mismos partidos en las Cortes Generales o el gobierno de turno, repito, lo de menos es que sean afiliados a un partido, lo de más es que los propios partidos se encargan de elegir a los más dóciles a sus mandatos.¿Te acuerdas de la bronca de de la Vega a la presidenta del TC en público? Si el actual presidente hubiese tenido malicia se habría dado de baja dos o quince días antes de su nombramiento. ¿Cómo sabemos que otros magistrados del TC no eran, o son , afiliados a algún partido político? ¿lo declaran? ¿Se les pregunta por ello? No es necesario preguntar porque no hay incompatibilidad, lo mismo que no se les pregunta si tienen pelos en la nariz o un grano en el culo.
Pues sí, nena defensora de lo indefendible, hay incompatibilidad tanto legal como la que dicta el sentido común para el que lo tenga. Otra cosa es que tú, como no podía ser de otro modo, abraces la versión de los magistrados bajo fundadísima sospecha por afán de llevar la contraria a un "progre" creyendo que así puedes perfilarte...vana pretensión. Sin embargo, los hechos son los siguientes y fácilmente demostrables:
1) La Constitución española, en dos artículos, deja clara la incompatibilidad de la labor de juez o magistrado con la militancia política.
El artículo 127 establece que los jueces “no podrán pertenecer a partidos políticos o sindicatos”.Por otro lado, el artículo 159 de la ley fundamental señala en su apartado cuarto que “la condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos” y “con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos”. Añade el artículo que “en lo demás, los miembros del Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial”.
2) Por otro lado, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional indica dentro de las incompatibilidadesde sus magistrados “el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos (...) y toda clase de empleo al servicio de los mismos”.
“En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial”, insiste el artículo.3) Art 19 [Incompatibilidades de los Magistrados del Tribunal Constitucional]
1. El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible: 1º con el de Defensor del Pueblo; 2º con el de Diputado y Senador; 3º con cualquier cargo político o administrativo del Estado, las Comunidades Autónomas, las provincias u otras Entidades locales; 4º con el ejercicio de cualquier jurisdicción o actividad propia de la carrera judicial o fiscal; 5º con empleos de todas clases en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional; 6º con el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos; 7º con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles.
En los demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial.http://www.legaltoday.com/informacion-j ... titucionalhttp://politica.elpais.com/politica/201 ... 91776.html