miguel en bcn escribió:Anchimallen escribió:La ley argentina no especifica pueblos, pero lo deja a cargo del INAI. Deja bien en claro quienes serán indigenas:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm
Luego, esta es una recopilación de todas las comunidades registradas y aceptadas.
http://www.jus.gob.ar/media/2940192/map ... vo-_1_.jpg
En este enlace, oficial de la República Argentina se nombran todos los pueblos originarios de Argentina con personalidad jurídica (es decir, reconocidos) y divididos por provincias.
http://www.fondoindigena.org/apc-aa-fil ... entina.pdf
Ahora, si me haces el favor, dime la fuente donde aparezca un inglés.
Perdón, pero el listado dice:
Listado de los Pueblos Indígenas de la Argentina
(En Base a las Comunidades Indígenas con Personería Jurídica Registrada o solicitud
formal de inscripción)
En ningún lado dice pueblos originarios, sino los que tienen personería jurídica. Los mapuches, mal nos pese a muchos, luego de su invasión jamás se fueron, podrán haberles otorgado personería jurídica pero no es un certificado de originalidad. También la Asociación de inmigrantes bolivianos tiene personería jurídica, lo que no los convierte por arte de magia en argentinos. Lo siento, no cuela.
Dale, seguí buscando donde diga que el gobierno argentino, ha reconocido a los mapuches como pueblo originario, se que tu cabecita puede dar más.
Ley 23.302 de Argentina
II — DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS
ARTICULO 2º — A los efectos de la presente ley, reconócese personería jurídica a las comunidades indígenas radicadas en el país.
Se entenderá como comunidades indígenas á los conjuntos de familias que se reconozcan como tales por el hecho de descender de poblaciones que habitaban el territorio nacional en la época de la conquista o colonización e indígenas o indios a los miembros de dicha comunidad.